Respeto al debido proceso en imposición de sanciones – Finanzas Personales – Economía

Preguntan a los lectores: «Por dificultades económicas, me atrasé en el pago de la administración del edificio, la cual he venido pagando poco a poco reduciéndola en casi un 80 por ciento. La administración del edificio me prohibió el uso de los parqueaderos de visitantes hasta que esté al día, por lo que no puedo recibir visitas de mis familiares ¿Es esto legal? ¿Lo puede hacer

(Lea también: ¿Puede un administrador provisional definir un presupuesto y cobrar a los propietarios?)

Respuesta

La suspensión del uso de bienes comunes y servicios no esenciales es una sanción contemplada en la ley y en el reglamento y tiene vertiente analizada por la jurisprudencia. Sin embargo, para imponerla es necesario tener en cuenta lo previsto en cada reglamento de propiedad horizontal. Ordena la Ley 675 de 2001 que se debe indicar las conductas objeto de las sanciones y las que proceden en cada evento. De igual forma, se deberá respetar el derecho al debido proceso, defensa, contradicción e impugnación. Añádase la ley, que tenderá en cuenta las circunstancias atenuantes o agravantes. De lo contrario, se estaría impidiendo al propietario o tenedor, de manera injusta y arbitraria, usando sus propios bienes comunes a los que tiene derecho como cualquier otro propietario.

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Es diferente deprived temporalmente de este uso a una persona que no cumple oportunamente con sus obligaciones sin justificación, que impone la sanción a quien ha llegado a un acuerdo y está cumpliendo con sus compromisos. milector, previo análisis del caso, puede directirse al consejo de administración, según lo previsto en el reglamento, para que la medida tomada sea revisada, así como el procedimiento utilizado y restituya su derecho a utilizar este bien común. Además, la administración solo ejecuta; sin imposición de pena. En todo caso, existe la posibilidad de impugnar la decisión judicial.

Sobre las acciones a tomar frente a propietarios con empresa comercial dentro del conjunto.

Sanciones a propietarios y arrendadores en conjuntos

pregunta

“Como propietario de una vivienda en un conjunto de uso residencial ¿Qué debo hacer para que el arrendatario y el arrendador de una de las casas de dicho conjuntodonde funciona una empresa commercial (inmobiliaria), sean sancionados? »

Respuesta

De conformidad con el reglamento de propiedad horizontal, debe dirigirse al administrador como representante del conjunto y al consejo de administración para solicitarles que inicie el procedimiento correspondiente, con el fin de indagar primero los usos aprobados en la licencia y en el reglamento. Si se trata de una actividad profesional que está trabajando en su hogar como trabaja en su hogar o si realmente está en peligro de vulnerar las normas y acciones de la ciudad, para cambiar su uso residente para sus oficinas o su negocio, con el impacto que esto puede producir en los demás propietarios y en el uso de las zonas comunes del inmueble y lo que est más grave, contrariando las normas de suelo usos.

(Otras notas de consultas: ¿Para ser miembro del consejo de un conjunto residente debe ser residente?)

Esto Demose deberá proceder con el trámite de solución de conflictos, para dar oportunidad al infractor de presentar sus argumentos y si es el caso, concederle un plazo para cumplir con las normas o de lo contrario se aplicarán las sanciones contempladas en el reglamento sin perjuicio de que el administrador interponga las acciones políticas aplicables.

NORA PABÓN GÓMEZ
​Abogada – Asesora Externa

Consultante

Envidia su pregunta, muy concreta y sin anexosal correo: redaccioneconomicas@eltiempo.com

Por Álvaro Sanz

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