La Unidad de Valor Tributario (UVT) es una medida que se creó en el año 2006, a través de la Ley 1111 de ese año. El objeto principal es representar las distintas obligaciones tributarias que se encontraban previamente expresadas en pesos.

Esta unidad define el valor de los impuestos administrados por la Dian, como la declaración de la renta y el impuesto al consumo, entre otros. Además, ha servido para fijar los precios de venta por unidad que se pueden adquirir en los días sin IVA.

«La UVT es la medida de valor que permite ajustar los valores contenidos en las disposiciones relativas a los impuestos y obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales», puntualiza el artículo 868 del Estatuto Tributario, por medio del cual se fija el valor de la medida aplicable para el año 2023.

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Esta unidad define los valores de los impuestos administrados por la Dian.

El reajuste de la unidad deberá efectuarse anualmente con base en la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) para ingresos, de acuerdo con el artículo citado anteriormente. Aquí se lleva a cabo en cuenta el período comprendido entre el primero de octubre del año anterior al grabable y la misma fecha del año inmediatamente anterior a este.

La UVT para el año 2023

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) fijó el valor de la UVT para 2023 en $42,412, antes de los $38,004 que regió para 2022.

«In reality, lo que hacen las UVT es que ajustan las normas que indexan su aplicación en función de la UVT y en realidad lo que está capturando es la inflación que se está viendo en el país, el incremento no es otra cosa», a explicó Juan David Velasco, socio de Impuestos Transaccionales en Baker McKenzie, de acuerdo con el diario ‘Portafolio’.

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Uno de los tributos que quedó determinado en la reforma tributaria bajo este criterio fue, por ejemplo, el impuesto al patrimonio. Las personas naturales y jurídicas que deberán pagar esta obligación son aquellas que tengan un patrimonio líquido (activos menos pasivos) de más de 72.000 UVT.

A partir de 72.000 UVT (3.053 millones de dólares en 2023) se aplica un arancel de 0,5 por ciento. Entre 122.000 (5.174 millones de dólares) y 239.000 UVT (10.136 millones de dólares) el banco se ubicará en el 1 por ciento. Desde las 239.000 UVT habrá una tarifa de 1.5 por ciento por cinco años.

Uno de los tributos que quedó determinado en la reforma bajo este criterio fue, por ejemplo, el impuesto al patrimonio.

Otro factor a tener en cuenta es la tarifa para los dividendos, que será de 15 por ciento para las personas naturales residentes y de 20 por ciento para los no residentes. Aplicación de 1.090 UVT además, es decir, desde $46.229 millones.

También se utilizó la UVT para determinar los umbrales en la obligación de declarar impuesto de renta. El decreto 2487 de 2022 establece que están obligados a declarar renta sobre el gravable año 2022 todos los contribuyentes sometidos a dicho impuesto, con excepción de los asalariados, cuyo patrimonio bruto no excede de cuatro mil quinientas UVT. Es decir, 171.018.000 millones de pesos.

En esa misma línea, los ingresos brutos de los asalariados deben ser superiores a mil cuatrocientas 1.400 UVT. (53.206.000 millones de pesos), al igual que los consumos mediante tarjeta de crédito, el valor total de compras y consumos, y el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras.

(De interés: Esta semana vence el plazo para pagar el impuesto ICA).

Según el artículo 383 del Estatuto Tributario, la retención en la fuente para los ingresos laborales parte de una base gravable equivalente o mayor a 95 UVT, es decir, 4.029.140 pesos para el 2023.

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